miércoles, 15 de agosto de 2012

Pedido informe sobre el cumplimiento de la Ley Pcial 651 q' trata la INCORPORACIÓN DE LOS CONTENIDOS DE DONACIÓN DE ÓRGANOS A LA CURRÍCULA EDUCATIVA


El legislador Juan Carlos Arcando del Bloque del Frente para la Victoria, puso a a consideración de la Cámara Legislativa un pedido de informe sobre el Cumplimiento de la Ley Provincial 651 que trata la INCORPORACIÓN DE LOS CONTENIDOS DE “DONACIÓN DE ÓRGANOS” A LA CURRÍCULA EDUCATIVA DE LA PROVINCIA, promulgada el 16 de diciembre de 2004.
Arcando manifestó que “los trasplantes de órganos constituyeron en todo el mundo una revolución científica en lo que a terapéutica se refiere”. “Esto generó una gran persecución en la esfera moral de los individuos, dado que los mismos implicaban no solo la transferencia de órganos vitales entre los sujetos, sino también la elaboración del concepto de muerte bajo criterios neurológicos y la disposición sobre el cuerpo y sus partes, generando tales innovaciones un gran impacto en la Sociedad”.
El Ministerio de Salud a través de su Coordinación de Ablaciones e Implantes (CAI) tiene la función de asesorar al Ministerio de Educación y Cultura en todo lo concerniente a la temática de trasplante de órganos; colaborar de manera continua en el proceso educativo con los docentes; y asistir toda la demanda que surja del Ministerio de Educación y Cultura en lo concerniente al tema donación de órganos.
La donación de órganos se encuentra indudablemente vinculado con el inequívoco acto noble y solidario de la Donación, siendo tal decisión privativa de cada Persona; dicho de otra manera: sin donaciones no existirían los Trasplantes de Órganos
“La Escuela como Institución comprometida con el mejoramiento de la calidad de vida y constitución de la persona solidaria, nos permitirá construir y trabajar temores y mitos que rodean el tema, siendo esto un cimiento importante no solo para la toma de conciencia de la gravedad del problema, sino también para construir una sociedad que permita que los trasplantes se puedan realizar, hecho este último solamente posible de alcanzar con el mantenimiento regular y sostenido de programas de educación respecto del tema” expresó el legislador.
El Legislador Kirchnerista finalizó que “en caso de que el informe que estoy requiriendo tenga un resultado afirmativo, el Poder ejecutivo deberá adjuntar la documentación oficial que avale dicho cumplimiento y en el caso que sea negativo, deberá exponer motivos y acciones que tiene previsto para el cumplimiento de la Ley 651”

LEY N° 651
EDUCACIÓN: INCORPORACIÓN DE LOS CONTENIDOS DE “DONACIÓN DE ÓRGANOS” A CURRÍCULA EDUCATIVA DE LA PROVINCIA.
Sanción: 02 de Diciembre de 2004.
Promulgación: 16/12/2004. D.P. N° 4791.
Publicación: B.O.P. 29/12/04.

Artículo 1°.- Incorpórase en la Currícula Educativa de la Provincia, en los ciclos EGB 1, 2 y 3 y Polimodal, los contenidos sobre “La Donación de Órganos”.
Artículo 2°.- Será responsable de instrumentar la referida incorporación el Ministerio de Educación y Cultura, con la colaboración permanente del Ministerio de Salud a través de la Coordinación de Ablaciones e Implantes (CAI).
Artículo 3°.- Serán funciones de ambos Ministerios:
a) Establecer los contenidos mínimos;
b) proveer el material didáctico que sea necesario para el correcto dictado de los contenidos mencionados;
c) generar el instrumento que permita la educación en dicha temática, a los docentes encargados de llevar adelante dicho proceso educativo.
Artículo 4°.- Serán funciones del Ministerio de Salud a través de su Coordinación de Ablaciones e Implantes (CAI):
a) Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura en todo lo concerniente a la temática de trasplante de órganos;
b) colaborar de manera continua en el proceso educativo con los docentes;
c) asistir toda la demanda que surja del Ministerio de Educación y Cultura en lo concerniente al tema donación de órganos.
Artículo 5°.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días posteriores a la promulgación de la presente.
Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.


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