jueves, 28 de junio de 2012
Legislador Juan Carlos Arcando: Proyecto de Ley de Protección, Gestión y Ordenación del Paisaje
El PROYECTO DE LEY DE PROTECCION, GESTION Y ORDENACION DEL PAISAJE, fue presentado por el legislador del Bloque del Frente para la Victoria, Juan Carlos Arcando, y tiene como objetivo establecer, con carácter preventivo y prospectivo, el ordenamiento territorial como procedimiento político administrativo del Estado y política de estado del Gobierno de la Provincia en todo el territorio bajo su jurisdicción, utilizando a la planificación como instrumento básico para conciliar el proceso de desarrollo económico, social y ambiental con formas equilibradas y eficientes de ocupación territorial y de uso del suelo, desde el enfoque del paisaje como eje conceptual ordenador de las estrategias territoriales.
El legislador consideró que “cuando hablamos de paisaje no nos referimos a una especie de foto estática de los ámbitos naturales que nos rodean a preservar en el tiempo, sino al proceso dinámico de construcción de singularidades paisajísticas, en un marco de desarrollo sustentable de la Provincia”.
“La protección, gestión y ordenación del paisaje, es un instrumento idóneo para preservar sus valores naturales, culturales, sociales y económicos, en un marco de desarrollo sostenible que permita asegurar calidad de vida a las generaciones presentes y futuras”, continuó.
El proyecto fue elaborado considerando el antecedente del propio Gobierno de la Provincia que avanzó en la definición participativa de directrices de ordenamiento territorial para la Isla Grande de Tierra del Fuego, basadas en el enfoque del paisaje. Iniciativa, que incluyó la realización de talleres de trabajo con la propia Legislatura Provincial y fue presentada como ejemplo de gestión ante el Consejo Federal de Ordenamiento Territorial, pero que no culminó en ningún proyecto de ley elevado a la Cámara.
La Provincia de Tierra del Fuego posee algunas particularidades que la distinguen del resto de las Provincias Argentinas. Tiene casi la totalidad de su población, y sus actividades económicas más importantes, concentradas en dos ciudades y una Comuna. Cuenta con una organización municipal cuya autonomía está ampliamente reconocida en la Constitución de la Provincia. Posee un amplio sector de su territorio, ubicado fuera de los Ejidos Urbanos, bajo la órbita directa del Gobierno de la Provincia. Y buena parte de este territorio no tiene aún un perfil económico propio, ni un marco definido para el uso del paisaje, el suelo y los recursos naturales. Ni siquiera cuenta con suficiente conectividad interna, y carece de equipamientos necesarios para propender a su desarrollo y conservación.
Este proyecto hace especial hincapié, en generar mecanismos de gestión que aseguren la concurrencia de políticas sectoriales en territorios específicos, definiendo como instrumento central para la intervención territorial, el concepto de “traza de desarrollo”, como orientador de intervenciones capaces de “construir singularidad” en el paisaje en el que se realizan.
La ley de Protección, Gestión y Ordenación del Paisaje es un soporte organizacional del Estado que permita generar un esquema integral de gestión, definir competencias y establecer un marco de relaciones institucionales que aseguren, transparencia, participación conducente, direccionalidad, coordinación, sinergias, ejecutividad y racionalidad institucional.
Arcando concluyó que “la norma y el esquema de gestión técnico-político-administrativo del desarrollo territorial que se propone es un modelo FOCALIZADO hacia las trazas de desarrollo priorizadas, lo que implica la necesidad del Estado de orientar y direccionar las iniciativas privadas y públicas hacia estos espacios.
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